Presentación de la Sección

Bienvenido al sitio web de la Sección Territorial de Murcia de la Real Sociedad Española de Química.

Como institución científica, no gubernamental y sin ánimo de lucro tratamos de procurar los medios que satisfagan las necesidades científicas de nuestros asociados y tenemos por objeto promover, desarrollar y divulgar la disciplina de la Química, tanto en su aspecto de ciencia pura como en el de sus aplicaciones, en todo el ámbito territorial.

Es nuestro compromiso diseñar actividades de carácter científico: conferencias, eventos formativos, sesiones científicas, dedicando especial atención a los aspectos didácticos de la Química, tanto en el ámbito universitario, como en la enseñanza secundaria, y esforzarnos por poner en valor las contribuciones de la Química y de los Químicos a nuestra Sociedad. Pretendemos relacionar estrechamente la Sociedad con todos los agentes que se desenvuelven en la sociedad murciana y que se relacionan con algún aspecto de interés químico.

Junta de Gobierno

Normativa

La STMUR se rige por los estatutos de la RSEQ. No obstante, cuenta con un estatuto propio de la sección territorial:

La Sección Territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) de la Real Sociedad Española de Química (RSEQ) se ha constituido por acuerdo de 22 de Noviembre de la RSEQ dando cumplimiento al artículo 21 de los estatutos de dicha Sociedad que dicen:

“Se podrán constituir Secciones Territoriales de la RSEQ, como se especifica en el artículo 5. Estas Secciones tendrán una Junta de Gobierno formada por, al menos, por un Presidente, un Secretario y un Tesorero elegidos de entre los socios de la RSEQ que residan en esas localidades. Su misión será la de promover los fines y objetivos de la RSEQ, organizando conferencias, reuniones científicas y otras actividades”.

  1. El objetivo de esta Sección Territorial es colaborar con la RSEQ en los fines de la misma de promover, desarrollar y divulgar la disciplina de la Química, tanto en su aspecto de ciencia pura como en el de sus aplicaciones, en todo el ámbito de la CARM.
  2. El domicilio social de la Sección Territorial de la CARM radicará en la Facultad de Química de la Universidad de Murcia en el Campus de Espinardo.
  3. Los socios de la Sección Territorial de la CARM son todos aquellos socios de la RSEQ que ejerzan su profesión en la CARM. Todo socio individual posee voto y puede ostentar cualquier cargo directivo si es elegido para ello.
  4. El órgano de gobierno de la Sección Territorial de la RSEQ es la Junta de Gobierno elegida a tal fin.
  5. La Junta de Gobierno de la Sección Territorial estará constituida por:
    1. Un/a Presidente
    2. Un/a Vicepresidente
    3. Un/a Secretario/a
    4. Un/a Tesorero/a
    5. Un máximo de cuatro vocales
  6. Los miembros de la Junta de Gobierno ejercerán su función durante tres años, contados desde su elección. Cada miembro puede ser reelegido una vez para el mismo cargo. Estos nombramientos se comunicarán a la RSEQ.
  7. Los  miembros  de  la  Junta  de  Gobierno  serán  elegidos  por  votación  según  el  siguiente procedimiento:
    • Son elegibles todos los socios individuales, que presenten el aval de, al menos el 15% de los socios, incluidos en una candidatura completa.
    • La Junta de Gobierno fijará el calendario electoral en torno a un mes antes de que se celebren las elecciones.
    • La Junta de Gobierno enviará a todos los socios con al menos diez días de antelación a la celebración de las elecciones, las listas de las candidaturas presentadas, una papeleta de votación e instrucciones precisas para ejercer el derecho de voto.
    • Se convocará una Junta General presidida por la Junta de Gobierno en la que cada socio podrá ejercer su derecho al voto. Se arbitrarán procedimientos de voto por correo y/o telemático que garanticen la libertad de voto y su anonimato. El escrutinio se efectuará públicamente en la propia Junta General.
  8. Corresponde al Presidente representar a la Sección Territorial de la RSEQ. En caso de ausencia o enfermedad, la representación corresponderá al Vicepresidente o, en su ausencia, al miembro de más edad de la Junta, o en su caso, al miembro que ésta designe expresamente para tal situación.
  9. Corresponde al Secretario levantar actas de las reuniones de la Junta de Gobierno, así como cumplimentar los acuerdos de la misma.
  10. Corresponde al Tesorero la recaudación y custodia de los fondos de la Sección Territorial de la RSEQ. Efectuará los pagos, conjuntamente con el Presidente o el Secretario General, acordados por la Junta de Gobierno y presentará el balance económico anual a dicha Junta.
  11. La Junta de Gobierno se reunirá durante el año con una periodicidad mínima de seis meses o siempre que el Presidente o cuatro miembros de la misma lo estimen oportuno.
  12. Los recursos económicos de la Sección Territorial de la RSEQ procederán de las asignaciones otorgadas por la RSEQ y las subvenciones oficiales y privadas que para su sostenimiento le sean otorgadas.
  13. La modificación de este Estatuto deberá ser solicitada por un mínimo del 20% de los miembros de la Sección Territorial de la RSEQ. La Junta de Gobierno someterá la propuesta a discusión en Junta General extraordinaria convocada a este fin, remitiendo previamente a los miembros las propuestas de modificación.
  14. La Sección Territorial de la RSEQ se disolverá por acuerdo de su Junta General, convocada exclusivamente a este fin, o cuando el número de sus miembros sea inferior a veinte.
  15. Disuelta la Sección Territorial de la RSEQ, todos los bienes pasarán a ser propiedad de la RSEQ.